Alcance y objetivos de la normativa sobre expendio de alcohol
En 2025, bajo el marco regulatorio argentino, rige una normativa nacional que establece limitaciones y restricciones a la venta de bebidas alcohólicas con el propósito de proteger la salud pública, garantizar la seguridad vial y prevenir el acceso de menores de edad a sustancias etílicas. Se trata de un conjunto de leyes y decretos coordinados entre la Nación y las jurisdicciones provinciales que, en su conjunto, conforman el régimen de prohibición de expendio de alcohol en ciertos supuestos y con pautas de horario, responsabilidad y sanciones específicas.
Respondamos primero a la duda central: ¿Cuál es la normativa que prohíbe la comercialización indiscriminada de alcohol en comercios? A nivel federal, la referencia principal es la Ley Nacional Nº 24.788 (conocida como “Régimen de Contravenciones de Tránsito”), modificada y complementada por disposiciones complementarias que:
- Impiden el expendio de bebidas alcohólicas a menores de 18 años.
- Prohíben la venta de alcohol en estaciones de servicio durante ciertos horarios, salvo casos excepcionales.
- Establecen contravenciones y sanciones ante la violación de estas reglas.
Además, numerosas ordenanzas y leyes provinciales (como la normativa porteña en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o los decretos en las provincias de Córdoba, Santa Fe y Mendoza) regulan:
- Horarios de expendio en comercios, supermercados y confiterías.
- Restricciones de proximidad a escuelas, hospitales y áreas recreativas.
- Controles de venta ambulante y expendio en espacios públicos.
El conjunto de estas disposiciones configura la prohibición de la venta de alcohol en determinadas circunstancias, con el fin de reducir los riesgos asociados al consumo excesivo y a la conducción bajo los efectos de bebidas etílicas.
Es fundamental tener en cuenta que, siendo 2025, toda actualización –modificaciones, aclaraciones y nuevas normas complementarias– ya está incorporada a este cuerpo legal, por lo que los comercios deben consultarlas periódicamente para asegurar un cumplimiento estricto.
Obligaciones y responsabilidades para los comercios
Cada negocio que expende bebidas con graduación alcohólica (supermercados, despensas, restaurantes o kioscos) asume una serie de compromisos legales diseñados para garantizar que el expendio se realice respetando las limitaciones de ley y sin poner en riesgo a los consumidores ni al orden público. Entre las principales obligaciones destacan:
- Verificación de la edad: Los responsables deben solicitar el documento de identidad (DNI) y corroborar la edad de todas las personas que pretendan adquirir alcohol.
- Registro de operaciones: En ciertas jurisdicciones, se exige llevar un libro de expedición donde conste la venta mayorista o detallista de ciertas presentaciones y cantidades.
- Exhibición de cartelería: Los locales deben contar con carteles bien visibles que informen la prohibición de venta a menores y los horarios de cierre en materia de expendio etílico.
- Capacitación del personal: Muchos municipios requieren que los empleados asistan a cursos de formación sobre legislación de alcohol y atención responsable.
- Controles de habilitación: Las licencias comerciales deben renovarse periódicamente, demostrando el cumplimiento de todas las exigencias sanitarias y de seguridad.
El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones puede derivar en sanciones que van desde multas económicas hasta la suspensión de la autorización para vender bebidas alcohólicas. Además, es clave:
- Establecer protocolos internos de inspección y auditoría para detectar faltantes o irregularidades.
- Disponer de cámaras de seguridad que documenten la atención al público y ayuden a prevenir infracciones.
- Implementar un sistema de control horario que asegure el cese de la venta en los momentos estipulados por la normativa local.
Al ser Argentina un país con gran diversidad legislativa a nivel subnacional, cada provincia y municipio puede adicionar requisitos específicos. Por ello, resulta esencial que el comerciante consulte tanto la legislación nacional como las ordenanzas locales.
Sanciones y procedimientos de fiscalización
Las autoridades competentes (direcciones de Comercio, Bromatología, Policía municipal y áreas de Inspección General) pueden llevar a cabo operativos de control de manera sorpresiva o programada. Estos procedimientos buscan asegurar que los establecimientos cumplan con las normas restrictivas de expendio. A continuación se describen las etapas más comunes:
- Visita de inspección: Un agente verifica el local, solicita documentación y constata el cumplimiento de cartelería y protocolos de edad.
- Levantamiento de acta: Si se detecta una infracción, se labra un acta con la descripción de la falta, la identificación del responsable y la notificación de plazos para defensa.
- Audiencia o descargo: El comercio puede presentar pruebas o argumentos en un plazo determinado para cuestionar la imputación.
- Resolución sancionatoria: Tras evaluar la defensa, la autoridad dicta una resolución que puede imponer multas, clausura temporaria o revocación definitiva de la licencia.
Tipos de sanciones
Según la gravedad y la recurrencia de las faltas, las sanciones pueden ser:
- Multa económica: Valores variables que se actualizan periódicamente conforme a índices oficiales.
- Suspensión de habilitación: Clausura parcial o total durante un determinado período.
- Revocación de licencia: Cuando el comercio incumple reiteradamente las disposiciones o realiza prácticas fraudulentas.
- Apercibimiento: En casos leves, se deja constancia de la falta y se advierte sobre consecuencias futuras.
Además de las sanciones administrativas, en situaciones de gravedad –por ejemplo, venta deliberada a menores o reincidencia– puede derivarse responsabilidad civil o penal, si el hecho se encuentra tipificado en el código penal o en estatutos provinciales.
Para minimizar riesgos, es fundamental:
- Contar con un asesoramiento legal que mantenga al día las actualizaciones normativas.
- Realizar auditorías internas frecuentes.
- Formalizar actas de capacitación y protocolos de actuación.
Buenas prácticas y recomendaciones de cumplimiento
Más allá de las exigencias formales, implementar buenas prácticas fortalece la imagen del comercio y favorece un ambiente de consumo responsable. Algunos consejos prácticos:
1. Capacitación constante: Organizar talleres periódicos donde el personal conozca no solo la letra de la norma, sino también el trasfondo sanitario y social de las restricciones.
2. Señalización clara: Utilizar letreros llamativos y actualizados que indiquen la prohibición de venta a menores y los horarios permitidos.
3. Sistemas digitales de control: Implementar software de facturación que bloquee automáticamente la venta de bebidas alcohólicas fuera de horario.
- Alertas automáticas cuando un cliente intenta comprar en franjas no permitidas.
- Base de datos de clientes frecuentes para facilitar la verificación de edad sin demoras.
4. Colaboración con autoridades: Invitar a inspectores a realizar simulacros de fiscalización internos. Esto permite detectar puntos débiles en la aplicación de normas y prepararse para eventuales controles oficiales.
5. Comunicación transparente: Informar a los clientes sobre el compromiso del local con el consumo seguro y responsable. Esto genera confianza y reduce presiones para incumplir la normativa.
En definitiva, en 2025 los comercios argentinos tienen a disposición toda la regulación necesaria para actuar conforme a derecho al expendio de bebidas alcohólicas. Adoptar un enfoque proactivo y preventivo no solo evita sanciones, sino que también fortalece la reputación y promueve un entorno más seguro para la comunidad.