Leyes que avalan la segregación racial: origen, desarrollo e impacto social

leyes que avalan la segregación racial

Orígenes históricos de la segregación racial en el territorio argentino

Desde los primeros momentos de la colonización española, el territorio que hoy conocemos como Argentina experimentó mecanismos de diferenciación social basados en criterios étnicos. El sistema de castas instaurado por la Corona implicaba una jerarquía racial en la que los españoles peninsulares ocupaban la cúspide, mientras que los pueblos originarios y los descendientes de africanos quedaban relegados a posiciones subordinadas. Aunque no existía un cuerpo legal unificado en aquel entonces que se autodenominara “ley de segregación racial”, sí había disposiciones que legitimaban la desigualdad: desde la obligación de tributar de los indígenas hasta la denegación de derechos políticos y de propiedad.

Con la independencia y la creación de un Estado nacional, se heredaron estos prejuicios y se los plasmó en diversas reglamentaciones locales. Si bien la Constitución Argentina proclamó la igualdad ante la ley, de hecho se sancionaron normativas provinciales que excluían a las comunidades originarias de la ciudadanía plena y mantenían prácticas de servidumbre y relegación territorial.

En resumen, los raíces del racismo institucional en Argentina hunden sus bases en el viejo orden colonial, donde la construcción de la “otredad” sirvió de fundamento para políticas que, a través de decretos y ordenanzas, avalaban la segregación racial y definían permanentemente quién era un ciudadano de primera y quién quedaba relegado a la periferia social.

Marco legislativo colonial y post-independencia

Tras la emancipación, las Provincias Unidas del Río de la Plata adoptaron gran parte del derecho español. Aunque se suponía que la independencia traería libertad e igualdad, en la práctica muchas de las viejas normas persistieron o fueron adaptadas. Por ejemplo, las Ordenanzas de Intendentes que establecían la organización interna de las reducciones indígenas y regulaban el trabajo forzado, continuaron vigentes en varias provincias hasta avanzado el siglo XIX.

En la segunda mitad del siglo XIX, las leyes de organización territorial —como los Códigos civiles y comerciales habilitados por provincias recién creadas— no incluyeron protecciones efectivas para pueblos originarios ni para afrodescendientes. Incluso se legisló sobre la creación de reservas indígenas, que funcionaban más como guetos rurales que como territorios autónomos. Estas “leyes de protección” en realidad institucionalizaban una separación física y cultural.

Asimismo, la sanción de constituciones provinciales con artículos que diferenciaban el ejercicio de derechos civiles según la ascendencia demográfica, contribuyó a consolidar una estructura jurídica discriminatoria. A pesar de proclamar la libertad individual, se permitía la imposición de tratados de paz con aborígenes bajo condiciones de “sumisión” y de “asistencia”, lo cual equivalía a un régimen de tutelaje permanente.

Políticas de tierras y desplazamiento de comunidades originarias

Uno de los mecanismos más contundentes de segregación fue la legislación sobre propiedad y ocupación de tierras. La sanción de normas que privilegiaban a colonos europeos por sobre las comunidades nativas configuró un modelo de reparto desigual y desplazamiento sistemático.

  • Ley de Colonización y Tierras Fiscales: estableció la entrega de grandes extensiones a inmigrantes, mientras limitaba la posesión indígena a reservas reducidas y mal dotadas.
  • Reglamentos de mensura y deslinde: decían respetar “la posesión ancestral”, pero en la práctica reorganizaban los espacios para facilitar la expansión agrícola comercial en manos extranjerizadas.
  • Contratos de encomienda y arrendamiento: mantenían la dependencia económica de los originarios frente a terratenientes criollos o europeos, despojándolos progresivamente de su autonomía.
  • Planes de “pacificación”: bajo la excusa de “integrar” o “civilizar”, las fuerzas estatales ejecutaron campañas militares contra comunidades indígenas, legitimadas por leyes que declaraban “de interés nacional” la ocupación de territorios.


Estas medidas no solo despojó de su hábitat a miles de personas, sino que sirvió para consolidar un imaginario de superioridad europea, al tiempo que reforzaba la segregación física entre zonas rurales aborígenes y los núcleos urbanos “blancos” en expansión.

En consecuencia, la división territorial se tradujo en una diferenciación profunda: por un lado, las pampas fértiles dedicadas a la ganadería y agricultura comercial bajo control de latifundistas; por otro, las tierras indígenas relegadas a espacios de escaso valor agrícola y sin infraestructura estatal.

Normas de inmigración y exclusión de poblaciones no europeas

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A fines del siglo XIX y comienzos del XX, el Estado argentino impulsó leyes que fomentaban la llegada de inmigrantes europeos con mano de obra barata, simultáneamente desarrollando regulaciones que impedían el asentamiento masivo de personas provenientes de otras regiones del mundo.

La llamada Ley de Residencia y sus reglamentos complementarios facultaban al Poder Ejecutivo a expulsar a extranjeros considerados “indeseables”, sin distinción de culpabilidad probada, basándose en fundamentos políticos, ideológicos o, en la práctica, raciales. Aunque se usó principalmente contra anarquistas y militantes obreros, también sirvió de herramienta para discriminar a asiáticos y africanos que pretendían establecerse en el país.

En paralelo, se implementaron visados especiales y “listas negras” para ciudadanos de ciertas nacionalidades, al mismo tiempo que las campañas oficiales promocionaban el “reemplazo de la población autóctona” por europeos. Este discurso—respaldado por decretos y acuerdos bilaterales—consolidó la idea de un Estado-nación homogéneo, fundado en la raza blanca.

De este modo, la política migratoria funcionó como un mecanismo de segregación indirecta, ya que permitía la llegada masiva de europeos bajo normas favorables, mientras bloqueaba o expulsaba a otros grupos. La consecuencia fue la configuración de barrios, oficios y redes de asistencia social segmentadas por origen étnico y nacional.

Segregación en la educación y en la salud pública

El ámbito educativo fue otro espacio donde se reflejó la discriminación institucional. Si bien la Ley 1420 de Educación Común (declarada fundacional del sistema educativo nacional) estableció la gratuidad y laicidad, sus planes de estudio ignoraban las lenguas y cosmovisiones indígenas, promoviendo un modelo homogéneo centrado en valores occidentales.

En muchos casos, las escuelas rurales dirigidas a niños originarios funcionaban con recursos escasos, maestros itinerantes y planes curriculares reducidos. Al no abordar la identidad cultural de estos alumnos, el sistema contribuía a su marginación social. Incluso existieron disposiciones que separaban físicamente los pupitres o asignaban turnos distintos a los estudiantes según su color de piel.

En el plano sanitario, se representaron prácticas segregacionistas a través de:

  • Consultorios especializados para indígenas y afrodescendientes con menos recursos y peor equipamiento.
  • Campañas de sanidad focalizadas exclusivamente en zonas rurales originarias, presentadas como un “favor civilizatorio”.
  • Obligación de reclusión sanitaria en «casas de salud» separadas para personas de ansiosos “colores” o procedencias dudosas.

Estas líneas de atención no solo reforzaban la percepción de inferioridad, sino que legitimaban la idea de que ciertos grupos “requerían control” antes que acceso igualitario a la protección del Estado.

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Impacto social y legado de las leyes segregacionistas en 2025

Hoy, en 2025, Argentina convive con las huellas profundas de esas normas que, durante décadas, institucionalizaron la desigualdad racial. Muchos de los barrios más vulnerables tienen origen en aquella división territorial y en las prácticas de exclusión migratoria. El rezago en infraestructura, servicios y oportunidades educativas es una herencia directa de la segregación estatal.

Las comunidades originarias y afrodescendientes suelen ocupar peores posiciones en los índices de pobreza y desigualdad. Aunque existen políticas de reparación —como la puesta en marcha de programas de reserva educativa, cuotas en universidades nacionales y fondos para el desarrollo comunitario—, el impacto de siglos de marginación no se subsana de la noche a la mañana.

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En el ámbito urbano, persisten dinámicas de segregación residencial: zonas céntricas con alto valor de suelo contrastan con villas miseria y asentamientos, donde concentran gran parte de la población argentina con ascendencia no europea. Las consecuencias sociales incluyen:

  • Brecha en acceso a empleo formal e ingresos dignos.
  • Discriminación cotidiana en ámbitos laborales y comerciales.
  • Estigmatización de identidades culturales no hegemónicas.

No obstante, la visibilización de estas problemáticas ha crecido. Movimientos sociales y organizaciones civiles han impulsado demandas judiciales contra el Estado para declarar inconstitucionales las normativas discriminatorias que aún subsisten en textos legales olvidados. A su vez, se promueve una reforma educativa con currículos plurales y programas de salud intercultural que buscan revertir la lógica separacionista.

De cara al futuro, el desafío consiste en transformar no solo las leyes formales, sino también los imaginarios sociales. Comprender el origen y desarrollo de las leyes que avalaron la segregación racial es fundamental para elaborar estrategias de inclusión genuina y construir un país con igualdad real en todas las dimensiones de la vida pública.