Qué es el concurso aparente de leyes: definición y características clave

que es el concurso aparente de leyes

Marco teórico de la concurrencia normativa en Argentina

En el ámbito jurídico argentino, la concurrencia normativa se presenta cuando un mismo hecho descrito por el legislador podría ser encuadrado de modo simultáneo bajo distintas disposiciones legales. Este fenómeno, también denominado simultaneidad de preceptos o superposición normativa, constituye un desafío doctrinario y práctico para operadores judiciales, fiscales y defensores. A pesar de su complejidad, resulta fundamental comprender de qué manera el ordenamiento local resuelve situaciones donde más de un tipo legal parece aplicarse a una conducta singular.

Para desentrañar este régimen, es imprescindible partir de las bases del derecho penal argentino, principalmente de las reglas contenidas en el Código Penal (decreto ley 11.179/34 y sus modificaciones). El artículo 54, por caso, establece el principio de especialidad: cuando un hecho puede encuadrarse en una norma más específica y simultáneamente en otra más general, debe aplicarse aquella que describa con mayor precisión la conducta. A su vez, el artículo 55 regula el concurso real de delitos, diferenciado conceptualmente de la concurrencia aparente de leyes.

En ese sentido, la figura conocida como la mala concurrencia de tipos se distingue del concurso real, ya que en la primera situación no se produce un pluralidad de sanciones efectivas, sino que se busca determinar la sola hipótesis penal que resulte más adecuada, evitando así double jeopardy o el riesgo de condenas contradictorias.

Definición y fundamentos de la figura normativo-punitiva

La descripción doctrinal señala que este instituto aparece cuando, a simple vista, dos o más leyes penales podrían sancionar una misma conducta objetiva, pero el legislador no ha previsto expresamente su aplicación conjunta. En tal caso, se habla de aparente colisión de normas o “aplicación simultánea ilusoria”, porque, pese a la ilusión de compatibilidad, el sistema jurídico argentino determina una jerarquía interna que ordena su vigencia.

Para acotar la definición, se hace necesario rescatar los siguientes puntos:

  • Unicidad fáctica: existe un solo hecho punible, no varias acciones distintas.
  • Divergencia tipológica: dos o más tipos penales coinciden en describir la conducta.
  • Ausencia de expresa autoría conjunta: el legislador no previó la imposición simultánea de penas.
  • Crédito a la especialidad: predomina la norma que mejor encuadra la conducta concreta.


Estos fundamentos sirven de base para aplicar tanto los criterios de interpretación más adecuados como las soluciones legislativas que evitan la inseguridad jurídica.

Relación con otros institutos penales

Es importante distinguir esta figura de conceptos colindantes:

  • Concurso real: varias acciones u omisiones que producen múltiples resultados, cada uno sancionado independientemente.
  • Delito complejo: unidad de acción que integra varios tipos básicos en una sola descripción legal.
  • Delito continuado: pluralidad de actos homogéneos desarrollados en un mismo contexto temporal y subjetivo, pero considerados por el legislador como un solo crimen.

Criterios de preferencia normativa en la práctica judicial

Para resolver la aparente colisión, los tribunales argentinos siguen tradicionalmente dos ejes interpretativos:

  1. Especialidad: prevalece la norma que contiene un presupuesto de hecho más circunscripto.
  2. Subsidiariedad: se aplica la ley que resulta menos lesiva para el acusado si las normas son equivalentes en especialidad.

Asimismo, la unidad de tipo opera cuando una ley prevé expresamente una modalidad agravada: en tal caso, esta última abarca la hipótesis básica y, por ende, excluye la aplicación independiente de la disposición genérica.

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Los jueces de la Cámara Nacional de Casación han señalado que, en caso de duda, resulta preferible optar por la interpretación que no expanda indiscriminadamente el radio de criminalización ni incremente la pena de manera arbitraria.

Impacto procesal y sancionatorio en el ordenamiento local

En la práctica forense, la resolución del supuesto se traduce en:

Ajuste del sistema de agravantes. Cuando una conducta podría configurarse como robo simple y simultáneamente como hurto calificado, el tribunal aplicará la calificación más específica (hurto calificado) y excluirá la simple (robo) para evitar duplicidad de penas.

Determinación de la pena única: se impone una sola sanción, evitando sumas punitivas que generen un desproporcionado incremento del reproche penal.

Además, en las audiencias preliminares, fiscales y defensas suelen discutir sobre la aplicación preferente de disposiciones agravadas o atenuantes, cuestión que impacta directamente en la estrategia procesal y en la expectativa de pena de los imputados.

Jurisprudencia y aportes doctrinarios destacados

Diversos fallos emanados de la Cámara de Casación y de los tribunales provinciales han dejado sentadas pautas para uniformar criterios interpretativos:

  • CSJN, “M., A.”: enfatiza que la concurrencia de preceptos solo subsiste en casos de verdadera indeterminación.
  • CNCCP, causa 45.672: subraya que la ley más severa no siempre debe predominar cuando no es la más adecuada a la conducta.
  • Corte de Chubut, “R., F.”: concluye que la protección de garantías exige resolver dudas normativas en beneficio del imputado.

En la doctrina, autores como Germán Bidart Campos y Julio Borda han aportado marcos teóricos sólidos para diferenciar la colisión aparente de la concurrencia real y para reafirmar el principio in dubio pro reo.

Desafíos contemporáneos y tendencias futuras

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Mirando hacia 2025, la complejidad de las relaciones normativas se acentúa con la proliferación de leyes especiales en áreas como cibercrimen, delitos económicos y violencia de género. Este contexto plantea nuevos retos:

  • Necesidad de modernizar criterios de especialidad frente a figuras tecnológicas emergentes.
  • Fortalecer herramientas de análisis sistemático para evitar vacíos y solapamientos.
  • Promover la armonización de estatutos provinciales con la normativa nacional.
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Algunos autores proponen la creación de comisiones interdisciplinarias que ofrezcan dictámenes previos sobre sectores de conflicto normativo, de modo de lograr una mayor coherencia y seguridad jurídica.

En definitiva, la solución a la superposición de disposiciones en Argentina dependerá tanto de la evolución legislativa como del refinamiento de la interpretación judicial, siempre con la mira puesta en la protección de las garantías individuales y en la coherencia del sistema penal.